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¿Qué dice el artículo 161 del Código Sustantivo del trabajo?
El empleador no podrá aún con el consentimiento del trabajador, contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo. Texto Inicial. Art. 161.
¿Cuánto tiempo tengo para desayunar en el trabajo?
Tendrán que darte de descanso al menos 15 minutos, siempre que tu jornada diaria sea de más de 6 horas continuadas. Y como la ley intenta proteger a los menores, en el supuesto de que tuvieras menos de 18 años, tendrán que darte 30 minutos como mínimo de descanso para el bocadillo.
¿Cuánto tiempo de descanso corresponde por 6 horas de trabajo?
15 minutos
Como pautas generales: Siempre que la jornada diaria continuada supere las 6 horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a 15 minutos. Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente pasarán, como mínimo, 12 horas.
¿Cuál es el número de horas de trabajo tras el descanso?
El artículo 34.4 del Estatuto de los trabajadores estipula el número de horas de trabajo tras las cuales el empleado debe tomarse un descanso.
¿Cuántas horas de descanso hay en una jornada diaria?
Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. Cuando la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos.
¿Cuáles son los beneficios de los descansos o pausas en el trabajo?
Debido a que el trabajo conlleva un desgaste físico y psíquico, los descansos o pausas suponen una necesaria interrupción del trabajo. Estos ayudan al empleado a recuperarse del agotamiento y proporcionan un tiempo libre para un refrigerio, tal y como señaló el Tribunal Supremo en la sentencia 3901/1999.
¿Qué pasa si la pausa es el mínimo de 15 minutos?
A este respecto, la doctrina señala que si la pausa es el mínimo previsto en el Estatuto de los Trabajadores (15 minutos) no debe fragmentarse debido a su corta duración y por la finalidad que dicho descanso persigue. No obstante, si la pausa reconocida al trabajador por convenio es superior al mínimo legal establecido podría partirse.