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¿Qué es el daño resarcible?
Se podría definir el daño resarcible como la lesión a un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico (artículo 1737 CCYC) que produce efectos perjudiciales sobre el patrimonio o el espíritu de una persona (artículo 1738 CCYC).
¿Qué es daño evento?
Daño evento: Se trata de la constatación fáctica del daño o la lesión en sí misma considerada sobre la esfera jurídica del sujeto. En este sentido, el daño es el resultado o evento material del hecho generador de responsabilidad.
¿Qué es oponer excepciones?
Excepciones y contrapretensiones son medios de defensa que utiliza el demandado contra el actor para oponerse a sus pretensiones. Las excepciones son las peticiones del demandado que tienen eficacia extintiva, impeditiva o invalidativa del efecto jurídico afirmado como fundamento de la pretensión.
¿Cuáles son los daños indemnizables?
Pero qué daños son indemnizables: Los daños que se pueden indemnizar son el fallecimiento, las lesiones permanentes, invalidantes o no, y las incapacidades temporales, así como los daños materiales sufridos tanto en el vehículo como los personales que se portaban en el momento.
¿Cuáles son los requisitos del daño resarcible?
Para que el daño sea resarcible debe ser cierto, personal y subsistente. Artículo 1739. Para la procedencia de la indemnización debe existir un perjuicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente.
¿Qué quiere decir daños y perjuicios?
Los daños y perjuicios son el menoscabo que sufre una persona a costa de la actuación de otra y supone una indemnización. Así, los daños se refieren a bienes o a la propia persona, mientras que los perjuicios son únicamente de índole patrimonial.
¿Cuáles son los tipos de daño?
Se clasifica generalmente en daño material, cuando se causa en el patrimonio o bienes de una persona, incluidos los daños físicos a la misma, o daño moral, como sufrimiento o perjuicio de difícil valoración económica causado en el ánimo de una persona.
¿Cuáles son las clases de daños?
Dentro de los estudios del Derecho Civil, existen dos categorías básicas del daño: el daño a la persona y el daño a las cosa, generando cada uno de ellos consecuencias patrimoniales y extrapatrimoniales. Son patrimoniales si el daño afecta el aspecto económico de las personas y de las cosas.
¿Qué son las excepciones?
La excepción es el derecho subjetivo que posee la persona física o moral, que tiene el carácter de demandada o de contrademandada en un proceso, frente al juzgador y frente a la parte actora o reconviniente en su caso, para contradecir lo establecido por el actor en la demanda o lo determinado por el reconviniente en …
¿Que entiende por excepción?
El término excepción procede del vocablo latino exceptio. Así se denomina al acto y el resultado de exceptuar: suprimir o eliminar algo o a alguien de lo establecido por una regla general.