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¿Qué significa apelar a la razón?
El verbo apelar proviene de appellāre, un vocablo latino que puede traducirse como “llamar”. El concepto se utiliza para nombrar a la acción de recurrir a una persona o a una entidad que, por su sabiduría, su discernimiento o su autoridad, está en condiciones de solucionar o resolver un asunto.
¿Cuándo cabe recurso de apelación?
El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla.
¿Cuánto tiempo se tarda en resolver una apelación?
El plazo que tiene para resolver es de 1 mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se hubieran recibido los autos y si se realiza una vista, dentro de los 10 días siguientes a la terminación de la vista.
¿Qué es una apelación?
Una apelación no es un juicio nuevo. No puede apelar la decisión de la corte simplemente porque no le gusta. Tiene que tener una razón válida para apelar. Algunas personas quieren presentar una apelación sólo porque están enojadas con el juez o con la otra parte.
¿Cuál es la razón válida para apelar?
Tiene que tener una razón válida para apelar. Algunas personas quieren presentar una apelación sólo porque están enojadas con el juez o con la otra parte. Pero las apelaciones y los juicios con cosas muy serias, y la corte puede castigar a las personas que presentan juicios «frívolos» (juicios que no se justifican).
¿Cuáles son las normas de revisión de la corte de apelación?
Cuando la corte de apelación analiza un caso, necesita ciertas reglas o pautas para determinar si se cometió un error en la corte de primera instancia. Hay distintos tipos de pautas de revisión para distintos tipos de decisiones de la corte de primera instancia. Estas pautas se llaman «normas de revisión.»
¿Cuál es la función de la corte de apelación?
La corte de apelación revisará el expediente para comprobar que haya habido pruebas sustanciales que justifiquen la decisión tomada por la corte de primera instancia. La función de la corte de apelación no es decidir si hubiera llegado a las mismas conclusiones sobre los hechos que el juez o jurado.