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¿Cuánto tiempo se puede estar de excedencia un funcionario?
Cada período de excedencia tendrá una duración no inferior a dos años continuados ni superior a un número de años equivalente a los que el funcionario acredite haber prestado en cualquiera de las Administraciones públicas, con un máximo de quince.
¿Cuál es la excedencia máxima?
tres años
La duración máxima de la excedencia es de tres años. Esta excedencia computa a efectos de antigüedad, cotizaciones y asistencia a cursos de formación. El reingreso está garantizado durante el primer año en el mismo puesto de trabajo, y luego en otro de categoría equivalente.
¿Qué es la excedencia voluntaria?
La excedencia voluntaria es una situación laboral en la que un trabajador solicita la suspensión temporal de su contrato de trabajo de manera voluntaria por cuestiones personales.
¿Qué es una excedencia?
El objetivo de solicitar o proceder con una excedencia es que el trabajador pueda desarrollar otras actividades de índole profesional o personal. La ventaja de la excedencia es que la persona puede tener la oportunidad de, luego del periodo de cese, retomar su puesto de trabajo o uno similar, por ejemplo, en la misma área de la compañía.
¿Qué es la solicitud de excedencia?
La solicitud de excedencia suele realizarse para trabajar temporalmente para otra empresa, institución o proyecto, para conciliar con cuidados familiares o dedicar tiempo a la formación.
¿Qué es una excedencia forzosa?
Una excedencia forzosa es aquella en la cual el trabajador está obligado a abandonar el puesto de trabajo de forma temporal por alguna de las razones que te comentamos a continuación: El trabajador ha sido escogido para desempeñar un cargo público que hace imposible compatibilizar sus funciones laborales junto a las funciones públicas.
¿Cuáles son las ventajas de la excedencia?
La ventaja de la excedencia es que la persona puede tener la oportunidad de, luego del periodo de cese, retomar su puesto de trabajo o uno similar, por ejemplo, en la misma área de la compañía. Todo esto depende de las condiciones pactadas. Existen principalmente dos tipos de excedencia: