Tabla de contenido
- 1 ¿Cómo funciona el recurso de insistencia?
- 2 ¿Cuándo procede el recurso de insistencia?
- 3 ¿Cuáles son los recursos del derecho de peticion?
- 4 ¿Qué se debe hacer cuando se niega un derecho de peticion?
- 5 ¿Quién puede insistir en revisión ante la Corte Constitucional?
- 6 ¿Cómo solicitar la revisión de una tutela ante la Corte Constitucional?
- 7 ¿Cuál es el objetivo de un derecho de petición?
- 8 ¿Quién debe resolver un recurso de insistencia cuando una autoridad nacional se niega a la entrega de documentos o información por motivos de reserva?
¿Cómo funciona el recurso de insistencia?
El recurso de insistencia como un instrumento otorgado por el legislador para proteger el derecho de petición frente a la respuesta negativa de la administración, para entregar documentos o información, con fundamento en el artículo 24 de la ley 1437 de 201196.
¿Cuándo procede el recurso de insistencia?
El recurso de insistencia solo es procedente cuando la entidad pública responde la solicitud pero se niega a suministrar la información solicitada aduciendo que es de carácter reservado.
¿Qué es el recurso de insistencia ante la corté constitucional?
Consiste en poder insistir ante la Corte Constitucional en la selección de un caso que fue anteriormente excluido por esta Corporación. De manera discrecional, las autoridades mencionadas cuentan con un término de 15 días calendario siguientes a la notificación del auto de selección que descartó el caso, para insistir.
¿Cuáles son los recursos del derecho de peticion?
Contra éste únicamente procede recurso de reposición. La respectiva solicitud podrá ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales. El peticionario podrá pedir una prórroga no superior al término inicial, esto es 1 mes, para cumplir con el requerimiento, con el fin de que no sea archivada su petición.
¿Qué se debe hacer cuando se niega un derecho de peticion?
En consecuencia, la persona a la que no le responden el derecho de petición, puede colocar la queja ante la misma entidad o ante la procuraduría general de la nación.
¿Qué recurso cabe contra la decisión que niega un derecho de petición sobre documentos por presunta reserva legal?
Contra la decisión que rechace la petición de informaciones o documentos por motivos de reserva legal, no procede recurso alguno, salvo lo previsto en el artículo siguiente. La restricción por reserva legal no se extenderá a otras piezas del respectivo expediente o actuación que no estén cubiertas por ella.
¿Quién puede insistir en revisión ante la Corte Constitucional?
La insistencia es una facultad con la que cuentan (i) cualquier Magistrado titular de la Corte Constitucional; (ii) el Procurador General de la Nación; (iii) el Defensor del Pueblo; y (iv) la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
¿Cómo solicitar la revisión de una tutela ante la Corte Constitucional?
El camino de las tutelas en la Corte Constitucional
- ¿Cómo se pide la revisión?
- Defensoría: Se debe presentar la solicitud antes de los 5 días hábiles al fin del término para insistir, si la petición es en Bogotá, y antes de 8 días hábiles si es en otra seccional.
- Magistrados: No hay regulación frente al contenido.
¿Cuál es el objeto de una petición?
El objeto de la petición. Las razones en que fundamente la petición. La relación de los documentos que presenta para iniciar el trámite. La firma del peticionario.
¿Cuál es el objetivo de un derecho de petición?
El derecho de petición tiene por finalidad hacer posible el acceso de las personas a la autoridad pública para que ésta, se vea precisada no solamente a tramitar sino a responder de manera oportuna las solicitudes elevadas por aquéllas en interés general o particular, pero no tiene sentido cuando la administración ha …
¿Quién debe resolver un recurso de insistencia cuando una autoridad nacional se niega a la entrega de documentos o información por motivos de reserva?
Nótese cómo, si bien el recurso se presenta ante una autoridad administrativa, la que ha invocado la reserva, finalmente, es una autoridad independiente, la judicial, la que lo resuelve, según el caso, el respectivo Tribunal Administrativo o el juez administrativo.
¿Quién puede solicitar la revision de una tutela?
¿Quién puede insistir ante la sala? El Defensor del Pueblo, el Procurador General y los Magistrados de la Corte pueden insistir que se revise algún fallo. El Reglamento de la Corte señala que la insistencia se debe presentar dentro de los 15 días siguientes a la notificación de no escogencia.