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¿Cómo saber si tengo una orden de proteccion en mi contra?
¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida bajo la ley federal?
- Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazador, o acosador en contra de otra persona.
- La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso.
¿Qué se necesita para poner una orden de proteccion en Puerto Rico?
Las personas que desean solicitar una orden de protección pueden acudir a la Sala de Investigaciones del Tribunal de Primera Instancia más cercano a su residencia y solicitar el formulario correspondiente. Para este proceso no se necesita la asistencia de un abogado o abogada.
¿Qué pasa cuando se acaba la orden de alejamiento?
Si la orden de alejamiento consistiera en una medida cautelar de la fase de instrucción, tendrá punto final con la celebración del juicio. La orden de alejamiento se configura como un instrumento jurídico propio del ordenamiento penal pudiendo revestir la forma de medida cautelar o la forma de pena accesoria.
¿Cómo se hace una orden de proteccion?
- Paso 1: Vaya a la oficia del fiscal o la corte para solicitar la orden.
- Paso 2: Llene los formularios.
- Paso 3: Un juez revisará su petición.
- Paso 4: Servicio de Notificación.
- Paso 5: La audiencia para la orden de protección.
¿Cómo pedir una orden de protección?
¿Puede una persona menor de edad solicitar una orden de protección?…
- Paso 1: Ir a la corte del circuito y solicitar una petición.
- Paso 2: Llenar la petición.
- Paso 3: Un juez revisará su petición.
- Paso 4: Servicio del proceso.
- Paso 5: La audiencia.
¿Cuándo prescribe una orden de alejamiento?
La duración de la orden de alejamiento depende de su finalidad. Si se impuso como medida cautelar en la fase de instrucción, será válida hasta la celebración del juicio. Por otro lado, si se ordena en una sentencia, tendrá la duración que el tribunal considere oportuno para proteger a la víctima.
¿Quién puede quitar una orden de alejamiento?
Solo el Juez puede quitar la orden de alejamiento, y ello, siempre que se trate de una medida cautelar, ya que si es una pena impuesta en sentencia firme como medida accesoria, la orden de alejamiento no se podrá modificar en ningún caso.