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¿Qué es la recusación?
f. Der. Acto tendente a apartar de la intervención en un procedimiento administrativo o judicial a un juez , un testigo o un perito , por su relación con los hechos o con las demás partes .
¿Qué es la recusación y cuál es su finalidad?
La recusación es el derecho que ostenta el ciudadano para pedir que se aparte de un procedimiento administrativo la autoridad o funcionario que, a su entender, tiene algún tipo de interés en el asunto.
¿Qué es la recusación en materia civil?
“Recusación es la institución jurídica procesal mediante la cual se concede a una de las partes el derecho de rechazar la intervención de un juzgador por estar afectada su imparcialidad con un impedimento”.
¿Qué es la recusación en el procedimiento administrativo?
La recusación es la manifestación del interesado en el procedimiento poniendo de manifiesto su recelo sobre la imparcialidad del funcionario interviniente cuando concurra causa de abstención de las previstas legalmente.
¿Qué es la recusación en derecho administrativo?
¿Qué es la recusación Ley 39 2015?
Recusación: «solicitud de que se aparte de la tramitación de un asunto a una autoridad o funcionario público jurado, árbitro o perito, por existir una causa legal para ello».
¿Cuáles son las causas de recusación?
Las partes podrán recusar al intérprete motivando la recusación; y el funcionario que practique las diligencias resolverá de plano y sin recurso. Sólo podrán invocarse como excusas las causas de impedimento que enumera el artículo anterior. Las partes podrán plantear como causa de recusación cualquiera de tales impedimentos.
¿Cuál es el significado de recusar?
Acción y efecto de recusar. der. Excepción planteada ante un juez, magistrado, asesor, relator, escribano, juzgado o testigo, para que no conozca o no intervenga en un asunto. 2. ( Jur) → challenge Ejemplos?
¿Quién puede solicitar la recusación?
La recusación puede plantearse también respecto de secretarios y demás personas del órgano judicial, así como de los peritos (V. arts. 99 y ss. de la L.E.C. de 2000 y 217 a 228 y 461 a 463 de la L.O.P.J.).
¿Qué es la excepción de recusación?
La excepción de recusación se interpone respecto a una persona concreta. Puede ser recusado cualquier juez, los auditores de la Rota e incluso los cardenales jueces de la Signatura Apostólica (Respuesta de la Comisión Pontificia para la Interpretación de los Decretos del Vaticano II, de 1-VII-1976, en AAS 68, 1976, pág. 635).